DERECHO COLABORATIVO
¿QUÉ ES EL DERECHO COLABORATIVO?
Es una nueva forma de ejercer la profesión de abogado en la que, a través de acuerdos con el cliente, se excluye la vía judicial para la resolución de un conflicto. Se negocia amistosamente, por intereses, escuchando y buscando que todas las partes satisfagan sus necesidades, plasmándolo en un acuerdo consensuado.
PRINCIPIOS
- Voluntario.
- Extrajudicial.
- Trabajo en equipo.
- Confidencialidad.
- Se comparte con Transparencia la información relevante para llegar a un acuerdo.
- Buena fe.
- Negociación basada en intereses.
- Multidisciplinar.
¿CÓMO FUNCIONA?
El proceso colaborativo se basa en la escucha activa, indagando las necesidades e intereses de las partes. Es un proceso flexible, se adapta a las cuestiones que vayan surgiendo, gestionando las emociones y las relaciones de las personas. Las partes son protagonistas en la búsqueda de soluciones acompañadas, cada una, por su abogado. Se consiguen acuerdos consensuados, satisfactorios y duraderos.
COMPROMISO TOTAL DE LOS ABOGADOS
Sí no se consigue llegar a un acuerdo, no podrán representar a sus clientes en un futuro litigio sobre ese mismo asunto; renuncia que se realiza por medio de un acuerdo escrito.
¿DÓNDE PUEDE APLICARSE EL DERECHO COLABORATIVO?
El derecho colaborativo puede aplicarse a conflictos civiles, familiares, sucesorios, laborales, mercantiles, vecinales…
RASGOS DEFINITORIOS DEL PROCESO COLABORATIVO
.- Exclusión de la vía judicial.
.- Colaboración de las partes y sus abogados.
.- Diseño del procedimiento por los abogados y, según los casos, participación de otros profesionales.